sábado, 10 de enero de 2015

¿SOMOS ANDALUCES LOS ALMERIENSES? (II)

Con la entrada anterior creo que queda aclarado que Almería -la actual provincia de Almería- siempre ha estado vinculada al territorio de lo que hoy es la Comunidad Autónoma de Andalucía. Probablemente, nadie se molestaba en cuestionarse este hecho hasta la transición democrática de los años setenta del siglo pasado. Cuando se plantea que la región andaluza pase a tener personalidad jurídico-política propia y acceda al autogobierno con base en la Constitución de 1978, empieza a haber movimientos autonomistas y antiautonomistas en la comunidad que llegan hasta hoy. Y también quienes no quieren ver a Almería como parte de una entidad política -la comunidad autónoma- con capital en Sevilla. Se trata, por tanto, más de animadversión al hecho político que a la pertenencia geográfica. Todavía hoy, para justificar esa desafección por Andalucía -la Comunidad Autónoma- se esgrime que los almerienses fueron los únicos que, en 1980, se negaron a formar parte de ella y no se respetó su voluntad. Una argumentación rebosante de medias verdades y alguna mentira, como trataré de explicar.

La Constitución de 1978 establecía dos vías de acceso a la autonomía de las regiones y nacionalidades -como se decía entonces-: las reguladas en los artículos 143 -más restrictiva, que ni siquiera contemplaba la existencia de poder legislativo autonómico- y 151. Éste último artículo se incluyó en la constitución para dar salida a las demandas de autogobierno de las llamadas comunidades "históricas", pensando en Cataluña, País Vasco y Galicia. El propósito del gobierno de UCD de entonces era encauzar el proceso autonómico general a través del 143, excepto para las tres comunidades mencionadas. Pero en Andalucía surgió un fuerte movimiento autonomista que reinvindicaba autogobierno al máximo nivel y se impulsó una iniciativa para acogerse a la vía autonómica del 151.

El acceso a la autonomía "de vía rápida" suponía estrictos requisitos. En primer lugar, que la iniciativa fuese acordada por todas las diputaciones provinciales afectadas y por las tres cuartas partes de los municipios de cada una de las provincias, debiendo representar éstos la mayoría del censo electoral de cada provincia. En Almería, el 96,03% de los municipios se sumó a la iniciativa, lo que desmiente que los almerienses no estuviesen a favor de este proceso.

El siguiente paso consistía en que dicha iniciativa debía ser "ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia en los términos que establezca una ley orgánica". Ojo, se requería mayoría absoluta de los electores -no de los votantes, como es habitual- y en cada una de las provincias, no globalmente. Por ejemplo, si una circunscripción cuenta con 10 electores, acuden a votar 6 y votan a favor 5 -83% de votos favorables del total de votos emitidos- el referendum no se daría por ratificado, puesto que el número de votos favorables (5) no alcanza la mayoría absoluta de los electores.

Las condiciones para la ratificación de la iniciativa en referendum eran, como se ha visto, enormemente restrictivas. El gobierno de UCD puso muchísimas trabas de todo tipo, imponiendo una campaña informativa más breve que la que había permitido en Cataluña o el País Vasco y planteando para el referendum una pregunta ininteligible. Además, UCD promovió la abstención con el eslogan "andaluz, éste no es tu referendum". 



A pesar de todo, los resultados fueron altamente favorables al proceso autonómico iniciado. Los votos favorables superaron el 50% de los electores totales en todas las provincias, excepto en Almería. ¿Qué ocurrió aquí? ¿Votaron los almerienses en contra de la iniciativa autonómica? No. En Almería votó a favor nada menos que el 82,5% de los votantes -aunque es cierto que la participación fue relativamente baja, del 51% aproximadamente-. Por tanto, con los datos en la mano, no cabe afirmar que los almerienses no estuviesen a favor del proceso autonómico. Se puede cuestionar el arreglo jurídico que se le dio a la situación creada a raíz del referendum, pero no la voluntad de apoyar el proceso.

Desde entonces han pasado muchas cosas. No deja de ser cierto que, abusando de los tópicos, se suele identificar al andaluz -con su habla, sus costumbres y su estética- con el sevillano, y que la televisión autonómica no ha ayudado mucho -hay que decirlo- a deshacer esta identificación indeseada por muchos. También existe -con algunos motivos claros y otros no tanto- la sensación de agravio a Almería por la gestión realizada por los distintos gobiernos autonómicos.

El sentimiento de estar sometidos a un nuevo centralismo sevillano que sustituyó al de Madrid es algo común y, a tenor de algunos ejemplos, justificado. Pero no es mayor que el que se tiene en Salamanca con respecto a Valladolid o en Alicante con respecto a Valencia. Y me atrevo a pronosticar que no sería mayor que el que se tendría hacia Granada si hubiese sido capital de una hipotética comunidad de Andalucía Oriental. Estos sentimientos son tan desagradables como inevitables.

Existe también un argumento frecuente que viene a decir que los almerienses no somos andaluces porque "un almeriense no tiene nada que ver con, por ejemplo, un gaditano". No se pueden negar las diferencias entre andaluces que viven a muchos kilómetros de distancia, pero el argumento no resiste un análisis serio. Siguiendo el mismo razonamiento podríamos concluir que los gaditanos no son andaluces porque no se parecen a los almerienses -¿por qué aceptamos nosotros mismos que el andaluz modelo es el occidental?- o que los almerienses no somos españoles porque no se parece en nada un almeriense a un ciudadano de Soria.

¿SOMOS ANDALUCES LOS ALMERIENSES? (I)

Una reciente anécdota -desgraciada, pero pura anécdota- ocurrida en la emisión de las campanadas de fin de año por Canal Sur desde Almería, ha venido a reabrir viejas polémicas en torno al carácter andaluz -o no- de la provincia de Almería. Es frecuente que sucesos nimios como éste desaten las más feroces reacciones, mientras otras veces se pasan por alto agravios mucho mayores que afectan realmente a las condiciones de vida de la gente. En este caso, la emisión de una disculpa "simpática" por parte de la televisión autonómica me pareció una reacción acertada de Canal Sur -donde el día 1 de enero ya había dimitido el director de emisiones de la cadena-, y coloqué un enlace al vídeo en una conocida red social. Los comentarios que este vídeo sugirió a quienes lo vieron, en parte quejándose del acento "andaluz occidental" predominante, dieron pie a una conversación sobre cuestiones identitarias y presuntos fraudes de ley en la constitución de Andalucía como comunidad autónoma. Son cuestiones recurrentes, que se traen a colación con ocasión de cualquier incidente del tipo que nos ocupa, para ilustrar el supuesto ninguneo a Almería por parte de la administración autonómica.

Para mí, la respuesta a la pregunta que titula esta entrada es afirmativa: los almerienses somos andaluces. Otra cosa son los afectos, desafectos y sentimientos de pertenencia que cada uno tenga, que no obedecen ni a leyes ni a demarcaciones político-administrativas. Por tanto, vaya por delante el mayor de los respetos a quienes piensen y sientan, por contra, que los almerienses no tenemos nada que ver con Andalucía. Pero analicemos con un poco de calma este asunto, sin dejarnos llevar por apasionamientos.

Almería forma parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía desde su creación. No obstante, dado que Andalucía, como entidad geográfica, es anterior a su constitución en comunidad autónoma, cabe preguntarse si Almería formó siempre parte de esta realidad geográfica. Como no soy geógrafo ni entendido en Historia -más allá de una cierta cultura general- he dedicado algún tiempo a investigar este asunto.

El caso es que el territorio que actualmente ocupa la provincia de Almería ha estado siempre incluido -en su mayor parte- en distintas divisiones administrativas que lo vinculaban con otros territorios de lo que actualmente entendemos por Andalucía. Desde las divisiones provinciales del Imperio Romano, pasando por las de la España visigoda o la musulmana, hasta el nacimiento del Reino de Granada. El término "Andalucía" se empieza a utilizar en el siglo XIII para denominar a los territorios conquistados por los reinos cristianos en el valle del Guadalquivir. Aunque parece que la etimología del vocablo Al-Andalus está todavía sujeta a controversia entre lingüistas e historiadores, parece claro que se llamó Andalucía a estos territorios conquistados como "castellanización" del vocablo árabe. Es decir, si Al-Andalus -que en principio era el término árabe para referirse a la Hispania visigoda- es la denominación de la parte de España bajo dominio musulmán, tan Andalucía es el territorio conquistado en el siglo XIII como el que quedó por conquistar entonces, hasta 1492: el Reino de Granada -del que formó parte, aproximadamente, el actual territorio de las provincias de Almería, Granada, Málaga y parte de Jaén-.

A partir de este momento conviven distintas denominaciones territoriales, en algunas de las cuáles se mantiene el topónimo Andalucía para el valle del Guadalquivir y el de Reino de Granada para el resto. Sin embargo, también es frecuente que se hable de "los cuatro reinos del Andalucía": los de Sevilla, Córdoba, Jaén y Granada, tomando forma así los límites geográficos actuales. En todo este tiempo, las divisiones administrativas vigentes en España estaban basadas en las fronteras de los antiguos reinos medievales.

Con el fin del Antiguo Régimen surgen, a principios del S. XIX, nuevas propuestas de organización territorial del Estado. Es el caso de la división provincial de 1833, impulsada por el motrileño Javier de Burgos, que ha llegado a nuestros días. Es curioso el hecho de que muchas personas tienen un sentimiento de pertenencia provincial muy arraigado, como si la división provincial fuese una división histórica o geográfica ancestral, siendo una división puramente administrativa y relativamente reciente.

La división administrativa de 1833 se estableció por un Real Decreto que incluía también un nivel organizativo superior -aunque sin personalidad administrativa, meramente geográfica- que eliminaba los antiguos reinos y establecía regiones. En el artículo 2 de este decreto puede leerse: "La Andalucía, que comprende los reinos de Córdoba, Granada, Jaén y Sevilla, se divide en las ocho provincias siguientes: Córdoba, Jaén, Granada, Almería, Málaga, Sevilla, Cádiz y Huelva". Por tanto, desde que existe la provincia de Almería ha estado vinculada a la región de Andalucía. De hecho, si se trata de cuestionar la pertenencia o no de ciertas provincias a las comunidades en las que se insertan actualmente, podría tener sentido plantearse si los albaceteños deberían ser murcianos, si los salmantinos deberían ser leoneses o si los cántabros tendrían que ser castellanos, pero no si los almerienses son andaluces.